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jueves, abril 25, 2024
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Condenan a Municipalidad de Paillaco por despido injustificado de trabajador del CESFAM que sufrió infarto cerebral

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El Juez (s) del Juzgado de Letras de Paillaco, Marcelo Segura Esperguel, dictaminó a favor de Alejandro Ceballos Esparza, en la causa judicial que llevaba en contra del municipio de Paillaco, representado por la alcaldesa Ramona Reyes Painequeo, en la demanda por despido injustificado y vulneración de derechos fundamentales.

De acuerdo a la sentencia, la Municipalidad deberá cancelar a Alejandro Ceballos, por despido injustificado, los años de servicio con un aumento de un 50%, el pago de  indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, las remuneraciones devengadas desde el 4 de mayo de 2015 y hasta la fecha de convalidación del despido en conformidad al artículo 162 del código de trabajo, el pago por indemnización del feriado legal y proporcional y el pago de cotizaciones provisionales correspondientes a todo el período trabajado. 

Alejandro Ceballos comentó a lapaila.cl que, “A pesar que el fallo no nos dio lo que pedíamos, siento que se hizo justicia, porque me pagarán lo que corresponde al despido de un trabajador, estoy sin trabajo y este dinero me servirá muchísimo”.

Ceballos prestó servicios entre el 1 de noviembre del año 2013 y el 4 de mayo del año 2015. Durante este período trabajó a honorarios en el CESFAM Lautaro Caro Ríos.

Según indicó el propio Ceballos, siempre trabajó bajo dependencia y subordinación de su empleador, de quien recibía instrucciones y cumplía un horario de trabajo establecido.

Prestando servicio en bodega, el día 20 de mayo del año 2014,  sintió un fuerte dolor de cabeza,  al día siguiente, señala, fue diagnosticado en el Hospital de Paillaco con una “cefalea frontal”, no obstante y dado el hecho que el dolor persistía, comprometiendo la movilidad de sus extremidades, el día 25 de mayo es enviado de urgencia al hospital regional de Valdivia.

En el hospital de Valdivia se le diagnosticó un “infarto cerebral posterior derecho” de causa desconocida; Ceballos expone que al regresar a la ciudad de Paillaco, se le dispuso continuar la terapia quirúrgica y de rehabilitación con plan de control ambulatorio en 10 días y ampliar estudio a trombofilia en un mes aproximadamente, con indicación específica de reposo absoluto.

«Concluido el reposo, el denunciante retoma su trabajo en la Municipalidad de Paillaco, sin embargo, es informado por el señor César Durán que ya no podría volver a trabajar en las funciones que desempeñaba porque había otra persona asignada a las mismas.” (texto extraído del dictamen)

El juez rechazó la denuncia de tutelas por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y si acogió la demanda de despido injustificado.

Al respecto Alejandro Ceballos indicó, “El juez no lo dice, pero al dictaminar a mi favor expresa igualmente que se actuó en forma arbitraria conmigo y que existió discriminación, espero que esto no vuelva a ocurrir nunca más con ninguna otra persona”.

ABOGADO

El abogado de Ceballos, Jaime Gallardo, señaló que, “el fallo es relevante pues deja sentado que que la municipalidad de Paillaco estaba simulando un contrato a Honorarios siendo que correspondía a la de un trabajador.

Otro aspecto que el abogado señala como importante del fallo es el “reconocimiento de la calidad de trabajador de Alejandro Ceballos, esto implica que en su calidad de trabajador y de acuerdo a la ley Bustos se le deberán cancelar las remuneraciones hasta que se haga efectivo el pago, es decir si el pago se realiza mañana hasta ese día se deberán cancelar sus remuneraciones y además el pago de sus cotizaciones provisionales desde el inicio de las prestaciones de servicio”.

Fuente: La Paila.cl

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