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jueves, abril 25, 2024
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MOP multó a empresa de Río Bueno por obras no autorizadas que obstruyen normal escurrimiento de estero

Corresponden a obras de drenaje y desvío de un cauce natural para la construcción de caminos en una futura parcelación en territorio rural.

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La Dirección Regional de Aguas del Ministerio de Obras Públicas en Los Ríos cursó una multa por 961,2 UTM (59 millones 372 mil pesos) a la empresa Agrícola Ranco Sur, en la comuna de Río Bueno, por obras no autorizadas construidas en el cauce del estero “Nalhacue”, afluente del río Bueno. Además, la DGA ordenó a la empresa presentar un proyecto para modificar o destruir las obras en un plazo no superior a 135 días.

La directora regional de Aguas, Francisca Vergara, explicó que la fiscalización de oficio se originó por una denuncia de la Municipalidad de Río Bueno y la Junta de Vecinos de Pindaco, alertando acerca de intervenciones importantes sobre un cauce que estarían afectando a vecinos aguas abajo. En la inspección a terreno, los fiscalizadores constataron que la empresa intervino tres sectores del estero, desviando y obstruyendo el flujo de las aguas de éste por medio de zanjas de un ancho aproximado de 1,2 metros dirigidas hacia el río Bueno.

“La intervención consistió en la construcción de caminos de acceso a futuras parcelas, con una altura mayor a la del estero, en un ancho aproximado de seis metros, de altura variable, y también de obras de drenaje. Entonces, estamos ante obras no autorizadas que requieren aprobación de la DGA”, sostuvo Vergara.

Agregó que durante el proceso, la empresa presentó sus descargos y además se abrió un término probatorio, es decir, se solicitaron otras diligencias para dilucidar las condiciones de funcionamiento de las obras construidas; sin embargo, la empresa no acompañó medios de prueba que permitan determinar el comportamiento hidráulico con y sin sistema de drenaje, la situación del sector con y sin proyecto de parcelación, y tampoco la autorización del Servicio Agrícola y Ganadero para la parcelación del terreno.

Por lo tanto, explicó Vergara, que analizados los antecedentes tras la visita inspectiva, los descargos formulados por la empresa, la información del término probatorio e informe técnico final, “queda claro que hubo intervención de cauce, modificándose el trazado original para el desvío de las aguas. Adicionalmente, la construcción de caminos paralelos a estas obras obstaculiza el libre escurrimiento de las aguas sobre el estero sin nombre conocido como Nalcahue’”.

Cabe señalar, que el artículo 41 del Código de Aguas señala que los proyectos y modificaciones que se realicen en cauces naturales o artificiales que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas. El inciso segundo señala que se entiende por modificaciones no sólo el cambio de trazado de los cauces, su forma o dimensiones, sino también la alteración o sustitución de cualquiera de sus obras de artes y la construcción de nuevas obras. Por lo que las intervenciones realizadas por Agrícola Ranco Sur, requerían de la aprobación de la DGA.

Para determinar el monto de la multa, se consideró como agravante que al momento de realizarse la inspección, se encontraba vigente el Decreto MOP N°122 de fecha 18/07/22, que declaró zona de escasez hídrica para la región de Los Ríos.

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