A una pena única de 20 años de presidio efectivo fue condenado el oficial de Carabineros en retiro Óscar Patricio Ibacache Carrasco, tras establecerse su responsabilidad como autor de seis homicidios calificados perpetrados durante los primeros meses de la dictadura militar, en octubre de 1973, en la población Los Nogales, actualmente perteneciente a la comuna de Estación Central, en Santiago.
La sentencia fue dictada por la ministra en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, según informó el Poder Judicial este viernes 30 de octubre. La resolución reúne las penas correspondientes a dos procesos judiciales relacionados con crímenes cometidos en el mismo sector.
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Uno de los casos corresponde a los asesinatos de Marco Orlando Ríos Bustos, de 15 años; Miguel Ángel Ríos Traslaviña, de 16; y Rogelio Gustavo Ramírez Améstica, de 19, ocurridos el 1 de octubre de 1973.
De acuerdo con los antecedentes establecidos en la investigación judicial, cerca de las 21:40 horas de aquella jornada, los tres jóvenes fueron interceptados por agentes del Estado en calle San Alfonso, entre Gaspar de la Barrera y Antofagasta, en las proximidades del actual límite entre las comunas de Estación Central y Santiago.
La resolución señala que las víctimas fueron atacadas con múltiples disparos sin que existiera provocación o amenaza de su parte. Miguel Ángel Ríos Traslaviña recibió 18 impactos de bala, mientras que Rogelio Gustavo Ramírez Améstica fue alcanzado por otros 12. Ambos fallecieron en el lugar.
En tanto, Marco Orlando Ríos Bustos logró desplazarse por calle Exposición, pero posteriormente fue encontrado sin vida en las cercanías del Puente Iquique, con tres impactos de bala.
La condena también comprende otros tres homicidios cometidos en octubre de 1973. Se trata de Hernán Anselmo Cortés Velásquez, Eduardo Antonio Fonseca Castro y José Tomás Beltrán Bizama, asesinados entre la noche del 20 de octubre y la madrugada del 21 del mismo mes, también en la población Los Nogales.
La ministra Plaza González resolvió acumular las penas de ambos procesos, considerando los seis homicidios calificados para establecer una sanción única de 20 años de presidio mayor en su grado máximo.
Asimismo, la sentencia impuso al exuniformado la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación para profesiones titulares mientras dure la condena.
Finalmente, el tribunal determinó que, debido a la extensión de la pena, no corresponde conceder beneficios contemplados en la Ley N.º 18.216, por lo que el condenado deberá cumplir efectivamente los 20 años de presidio establecidos en el fallo.
















