El Gobierno del presidente José Antonio Kast impulsa una serie de modificaciones al reglamento de la Ley Karin, normativa que regula la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. La propuesta introduce nuevas disposiciones para tramitar denuncias, determinar eventuales actuaciones de mala fe y establecer las responsabilidades de los empleadores durante los procedimientos de investigación.
Los cambios están contenidos en el decreto supremo N.º 91 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, firmado el 7 de septiembre de 2026 por el mandatario y el ministro Tomás Rau. Según el registro oficial de la Contraloría General de la República, el documento ingresó a tramitación el 24 de septiembre y continúa sometido al examen de legalidad del organismo fiscalizador.
La iniciativa busca abordar dificultades surgidas durante los primeros dos años de aplicación de la Ley Karin, entre ellas la demora en las investigaciones, la carga administrativa y las dificultades para distinguir los hechos constitutivos de acoso o violencia de otros conflictos laborales.
Denuncias incompletas tendrán cinco días para aportar antecedentes
Una de las principales modificaciones se encuentra en el artículo 27 propuesto, que establece un procedimiento para las denuncias que no contienen información suficiente para identificar a la persona denunciada o describir adecuadamente los hechos.
En estos casos, el empleador o el organismo correspondiente podrá solicitar antecedentes adicionales dentro de un plazo de cinco días desde la recepción de la denuncia, indicando qué información debe ser aclarada o complementada.
Si transcurrido ese plazo no se aportan antecedentes suficientes, no se iniciará el procedimiento formal de investigación previsto en la Ley Karin. Sin embargo, el documento establece que esta decisión no impedirá presentar nuevamente la denuncia cuando se disponga de la información necesaria.
Además, cuando la presentación se realice ante el empleador, este deberá dejar constancia de la situación, informar al denunciante y comunicarle su derecho a recurrir a la Inspección del Trabajo.
Una denuncia no acreditada no será considerada automáticamente maliciosa
Otro de los cambios relevantes está contenido en el artículo 29, que establece criterios para determinar si una denuncia fue presentada de mala fe.
La propuesta señala expresamente que una acusación cuyos hechos no logren acreditarse, total o parcialmente, no podrá ser considerada maliciosa por esa sola circunstancia ni justificar automáticamente sanciones disciplinarias contra quien la presentó.
Para evaluar eventuales sanciones deberán existir antecedentes objetivos y fundamentos graves, precisos y concordantes que permitan establecer que la denuncia fue formulada deliberadamente con información falsa, con la intención de perjudicar a otra persona u obtener beneficios indebidos.
De esta manera, el reglamento propuesto distingue entre una denuncia que no logra demostrarse durante una investigación y otra presentada intencionalmente de manera falsa.
El texto contempla un plazo de cinco días, contado desde la recepción de la denuncia, para solicitar su complementación. No establece expresamente un plazo adicional independiente para que el denunciante entregue los antecedentes requeridos.
Conflictos laborales podrán derivarse a otros procedimientos
El artículo 28 propuesto contempla que los empleadores puedan encauzar determinadas denuncias hacia otros procedimientos internos cuando los hechos expuestos no correspondan a situaciones de acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo reguladas por la Ley Karin.
Sin embargo, esta alternativa deberá estar debidamente fundamentada y requerirá el consentimiento previo y por escrito de la persona denunciante, quien tendrá que ser informada sobre las características del procedimiento al que se propone derivar su caso.
La iniciativa también incorpora mecanismos para evitar investigaciones paralelas por los mismos hechos y entre las mismas partes. En estas situaciones, los nuevos antecedentes deberán incorporarse al procedimiento que ya se encuentre en desarrollo.
¿Qué ocurrirá si el denunciante o denunciado deja su trabajo?
El decreto también establece reglas para las investigaciones que se encuentran en curso cuando termina la relación laboral de alguna de las personas involucradas.
Si quien deja de trabajar es la persona denunciada, el procedimiento destinado a determinar su responsabilidad deberá concluir, dejando constancia de esta circunstancia en un informe. No obstante, el empleador deberá identificar eventuales riesgos psicosociales y adoptar las medidas preventivas o correctivas que correspondan.
En cambio, si quien deja la empresa es la persona denunciante, la investigación deberá continuar mientras la persona denunciada mantenga su relación laboral con el empleador.
Modificaciones todavía no entran en vigencia
En declaraciones a Diario Financiero, el ministro del Trabajo, Tomás Rau, sostuvo que «Nuestro objetivo central es fortalecer la protección de las víctimas», destacando además la necesidad de contar con investigaciones oportunas y respetuosas del debido proceso.
La propuesta también establece que la Dirección del Trabajo deberá implementar una plataforma electrónica centralizada para gestionar antecedentes relacionados con estos procedimientos, dentro del plazo de un año desde la publicación del reglamento.
De acuerdo con los antecedentes oficiales, la Contraloría prorrogó el 13 de octubre, mediante la resolución exenta N.º 2345, el plazo para efectuar el examen de legalidad del decreto, argumentando la complejidad de las materias reguladas.
Por ahora, las modificaciones no están vigentes. El documento establece que comenzarán a regir 90 días después de su eventual publicación en el Diario Oficial, mientras que las investigaciones iniciadas antes de esa fecha continuarán bajo las disposiciones vigentes al momento de su apertura.

















