Una nueva controversia diplomática se instaló entre Chile y Argentina luego de que se viralizaran recientes declaraciones del jefe del Servicio de Hidrografía Naval argentino, contraalmirante Hernán Montero, respecto a la soberanía en el Estrecho de Magallanes.
Fue en el podcast del canal de YouTube ‘OID MORTALES’ donde la autoridad trasandina abordó la situación del paso marítimo, señalando que “El Estrecho de Magallanes si bien es un canal internacional, está dentro de espacios marítimos chilenos (…), tienen que mantenerlo expedito y no se puede interrumpir la navegación, pero es chileno, excepto la boca“, agregando que “La boca de Magallanes es argentina. La boca que une Cabo Vírgenes con Punta Dúngenes y de ahí hacia el este es argentina”.
En la misma línea, Montero sostuvo que “El Estrecho de Magallanes no se puede interrumpir su navegación (…). Puedes cobrar si brindas un servicio. Sí Chile tiene servicio de practicaje“, en referencia a las condiciones de tránsito por esta ruta estratégica.
Si bien estas declaraciones fueron emitidas a fines de enero, su reciente difusión en redes sociales generó reacciones en el ámbito político chileno, donde parlamentarios cuestionaron los dichos del alto mando argentino.
Desde el Gobierno, la Cancillería recordó la vigencia de los tratados internacionales que regulan la materia, enfatizando que estos “entregan la plena soberanía sobre el estrecho de Magallanes a la República de Chile”.
En ese contexto, el Tratado de Paz y Amistad de 1984 establece en su artículo 10 que “La República Argentina y la República de Chile acuerdan que en el término oriental del Estrecho de Magallanes (…) el límite entre sus respectivas soberanías será la línea recta que una el ‘Hito Ex-Baliza Dungeness’ (…) y el ‘Hito I Cabo del Espíritu Santo’ en Tierra del Fuego”, precisando además que “La soberanía de la República Argentina y la soberanía de la República de Chile sobre el mar, suelo y subsuelo se extenderán, respectivamente, al Oriente y al Occidente de dicho límite”.
El mismo tratado subraya que esta delimitación “en nada altera lo establecido en el Tratado de Límites de 1881, de acuerdo con el cual el Estrecho de Magallanes está neutralizado a perpetuidad y asegurada su libre navegación para las banderas de todas las naciones”.
Asimismo, se consigna que “La República Argentina se obliga a mantener, en cualquier tiempo y circunstancias, el derecho de los buques de todas las banderas a navegar en forma expedita y sin obstáculos hacia y desde el Estrecho de Magallanes”.
Las autoridades chilenas reiteraron que estos acuerdos internacionales siguen plenamente vigentes, zanjando la soberanía sobre el estrecho y garantizando su carácter de vía de navegación internacional.








