Los tiempos de desplazamiento registrados antes del atropello múltiple ocurrido el pasado sábado en La Unión se transformaron en uno de los principales antecedentes utilizados por la Fiscalía para sostener que el imputado conducía a un exceso de velocidad incompatible con las condiciones de la vía y justificar así la prisión preventiva decretada por el Juzgado de Letras y Garantía de La Unión.
Durante la audiencia de formalización, el Ministerio Público expuso que el recorrido entre el peaje de acceso y la ciudad de La Unión, equivalente a aproximadamente 42 kilómetros, fue realizado por el imputado en cerca de 18 minutos. Según la Fiscalía, el mismo trayecto demanda normalmente alrededor de 36 minutos, por lo que el tiempo empleado evidencia que circulaba muy por sobre la velocidad permitida.
A ello se suma que, de acuerdo con los antecedentes presentados en audiencia, los últimos cinco kilómetros previos al lugar donde ocurrió el atropello fueron recorridos en aproximadamente tres minutos, reforzando la tesis del Ministerio Público respecto de una conducción a velocidad excesiva.
La Fiscalía agregó que un informe elaborado por Carabineros establece que la velocidad máxima permitida en ese tramo de la Ruta 5 Sur es de 80 kilómetros por hora, antecedente que fue incorporado para respaldar técnicamente la hipótesis de que el imputado se desplazaba muy por encima del límite legal.
Estos elementos fueron complementados con otros antecedentes de la investigación, entre ellos que el imputado no contaba con licencia de conducir y que manejaba en estado de ebriedad al momento de los hechos.
En su argumentación, el Ministerio Público sostuvo que la combinación de estas circunstancias configura una conducta de extrema temeridad y fundamentó que los hechos deben ser investigados como un delito de homicidio con dolo eventual, tesis respaldada con jurisprudencia de la Corte Suprema y de tribunales orales del país en casos similares.
Asimismo, la Fiscalía sostuvo que la gravedad del hecho, la multiplicidad de víctimas, el daño causado y el riesgo de reiteración justificaban la prisión preventiva, considerando además antecedentes que apuntan a que el imputado conduciría habitualmente sin licencia, materia que continuará siendo investigada durante los 120 días fijados para el desarrollo de la causa.
Esta versión pone el énfasis desde el inicio en el cálculo del tiempo de desplazamiento, que fue uno de los argumentos más relevantes y objetivos expuestos por la Fiscalía para sostener el exceso de velocidad.






