martes, mayo 7, 2024

Acuerdo constitucional establece la elección de 50 consejeros para redactar nueva propuesta y la designación de 24 expertos

El comité de expertos, que estará a cargo del anteproyecto y del proceso de armonización de la propuesta, debe iniciar sus funciones en enero próximo. La elección de consejeros se proyecta para abril de 2023 y el plebiscito ratificatorio para diciembre de 2023, ambas con voto obligatorio.

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Tras poco más de tres meses de intensas negociaciones entre parlamentarios y representantes de diversos partidos políticos, este viernes finalmente se dio a conocer el “Acuerdo por Chile” que permitirá iniciar el proceso para generar una segunda propuesta de nueva constitución que será sometida votación popular.

El acuerdo establece dos órganos para desarrollar el proceso constituyente. El primero es el Consejo Constitucional, que estará conformado por 50 personas electas por voto popular utilizando el sistema electoral aplicable a las circunscripciones senatoriales, y quienes estarán a cargo de redactar la nueva propuesta.

Además, el Consejo será paritario y será integrado por escaños indígenas supranumerarios, asignados de acuerdo al porcentaje de votación efectiva en la elección.

También será designada una Comisión Experta que estará conformada por 24 personas “de indiscutible trayectoria profesional, técnica y/o académica”, de composición paritaria, y de los cuales 12 serán elegidos por la Cámara de Diputados y 12 por el Senado. Tendrán a cargo la redacción del anteproyecto que servirá de base para la discusión y redacción del nuevo texto. También ejecutarán el proceso de armonización de la propuesta.

Bases constitucionales

El Acuerdo por Chile establece que la propuesta deberá respetar una base constitucional que está conformada por 12 puntos. Estos son:

1. Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.

2. El Estado de Chile es unitario y descentralizado.

3. La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.

4. La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.

5. Chile es un Estado social y Democrático de Derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que reconoce derechos y libertades fundamentales; y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal; y a través de instituciones estatales y privadas.

6. Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.

7. Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí: a) Poder Ejecutivo, con un jefe de Gobierno con iniciativa exclusiva en el gasto público. b) Poder Judicial, con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas. c) Poder legislativo bicameral, compuesto por un Senado y una Cámara de Diputados y Diputadas, sin perjuicio de sus atribuciones y competencias en particular.

8. Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, justicia electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República.

9. Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida; la igualdad ante la ley; el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones; la libertad de conciencia y de culto; el interés superior de los niños, niñas y adolescentes; la libertad de enseñanza y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos; entre otros.

10. Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas; y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones.

11. La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: estado de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.

12. Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad.

Firmantes

El acuerdo fue firmado por 14 partidos políticos y por tres movimientos de partidos políticos en formación. Estos son: Renovación Nacional (RN), Partido Socialista (PS), Unión Demócrata Independiente (UDI), Partido Comunista (PC), Evolución Política (Evópoli), Partido Comunes, Partido Demócrata Cristiano (DC), Federación Regionalista Verde Social (FRVS), Partido Radical (PR), Convergencia Social (CS), Partido Liberal, Revolución Democrática (RD), Partido por la Democracia (PPD), y Acción Humanista.

También firmaron los movimientos: Amarillos por Chile, Demócratas, y Unir.

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