jueves, abril 18, 2024

Alfonso De Urresti: “Ley de humedales urbanos es un triunfo ciudadano”

Hoy fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.202 que protege los humedales urbanos en todo el territorio nacional.

“Como un hecho histórico que debe contribuir a cambiar la mirada y entender su alto valor”, calificó el senador y vicepresidente del senado, Alfonso De Urresti, la publicación en el Diario Oficial de la Ley 21.202 que protege los humedales urbanos.

“Desde hoy, todos los humedales urbanos ya están protegidos por ley, reconociendo su importancia y que sí son parte del patrimonio de la ciudad. Ya no es llegar y rellenar, eso se acabó, ahora existen procedimientos establecidos que se deben cumplir”, sostuvo De Urresti, autor de esta ley.

Sobre la iniciativa, el parlamentario recordó que surgió tras la amenaza del relleno del humedal Krahmer, ubicado en pleno sector urbano y que reflejaba la problemática que se vive en otras ciudades dada la gran presión inmobiliaria. “Así surgió un trabajo junto a la comunidad, se presentó el proyecto que contó con apoyo de diversos investigadores que dieron el respaldo técnico a esta iniciativa, que pese a encontrar obstáculos en el camino, logró ser aprobada y hoy se ha convertido en Ley”.

En forma especial, agradeció el respaldo de la red Ciudadana de Humedales de Valdivia, a su vocero Jaime Rosales; a los dirigentes de la junta de vecinos Krahmer, Tito Lienlaf y Esteban Sánchez del Comité Humedal Krahmer, a los investigadores y al ministerio de Medio Ambiente, entre otros.

La ley 21.202 busca proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo. Y establece que se entenderá por humedales urbanos todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

En el caso de que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio del Medioambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses. Y un reglamento expedido por el citado Ministerio, suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

link video: https://www.youtube.com/watch?v=qW11Pq-jGfk 

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