domingo, mayo 12, 2024

Aprueban proyecto de ley que protege humedales urbanos

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Iniciativa impulsada por el senador De Urresti, fue aprobada en general por amplia mayoría de los parlamentarios.

Como un proyecto relevante en materia ambiental que incluye la necesaria visión de futuro para enfrentar el cambio climático, resguardar la biodiversidad, la vida y el futuro de las ciudades calificó el senador Alfonso De Urresti el proyecto de ley que protege los humedales urbanos y que fue aprobado en general, por amplia mayoría, en la Cámara de Diputados.

«Esta iniciativa -aprobada con 126 votos a favor y 2 abstenciones- la generamos en Valdivia, gracias al trabajo de diversas organizaciones ciudadanas de Angachilla, de la Isla Teja, Llancahue, de distintos lugares, desde el mundo académico, científico, desde la universidad. Hubo una unión para dar a conocer la necesidad de protección de los humedales en todo el país y pronto esto será ley», dijo el senador De Urresti.

Además, agregó que «es un reconocimiento a lo que se hace en Valdivia, a toda la ciudadanía que se ha organizado para defenderlos». Asimismo, el senador explicó que «en nuestro país existe la imperiosa necesidad de contar con este proyecto y los municipios deben preocuparse de destinar sus esfuerzos para la protección y conservación, contribuyendo al cambio de paradigma, donde estas reservas son un tesoro valioso para cuidar, no para rellenar».

TRAMITACIÓN

Tras la aprobación en general de la moción, el proyecto continúa su segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados y debido a la presentación de nuevas indicaciones pasó a la Comisión de Medio Ambiente. Posteriormente, regresará a sala para ser votada en particular y ser despachado a su tercer trámite al Senado.

Al respecto, De Urresti expresó que «lo relevante es que el proyecto va avanzando y hoy la ciudadanía está expectante , atenta y en espera de su pronta aprobación.

El proyecto actualmente en tramitación, indica que «la presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano».

También incorpora que «las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el Reglamento indicado en el inciso anterior».

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