En audiencia realizada el 14 de agosto, el Tercer Tribunal Ambiental escuchó los alegatos en la reclamación presentada por la Corporación para el Desarrollo de la Región de Los Ríos, que busca invalidar el Decreto Supremo N°21/2024 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), el cual estableció las “Normas Secundarias de Calidad Ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río Valdivia”.
La parte reclamante, que agrupa a 170 pequeñas y medianas empresas vinculadas a la cuenca, señaló que no se opone a la existencia de normas secundarias ni al objetivo de proteger la biodiversidad, pero sostuvo que se requiere una regulación “mediante normas claras y técnicamente fundadas”. La Corporación denunció que el proceso presenta “graves deficiencias procedimentales y técnicas”, en contravención a lo resuelto previamente en la causa R-25-2016 por el mismo tribunal.
Según su exposición, el Análisis General de Impactos Económicos y Sociales (AGIES) de 2021 “no cuantificó los costos y beneficios conforme a las exigencias del fallo, no justificó las omisiones y no realizó un análisis marginal ni científicamente riguroso de los servicios ecosistémicos, agregando que éste, además, no constituye un informe técnico propiamente tal”. Asimismo, criticó la ausencia de consulta pública respecto del texto definitivo de la norma y advirtió vicios sustantivos y formales, tales como “falta de motivación y correlación técnica entre los límites y los servicios ecosistémicos; valores desproporcionados frente a referencias técnicas nacionales, cambios metodológicos sin respaldo, uso de datos y cifras contradictorias, y manipulación arbitraria de la base de datos de calidad de agua”.
En su defensa, el Ministerio del Medio Ambiente, representado por el Consejo de Defensa del Estado, recalcó que la norma “consagra el principio preventivo ambiental, cuyo deber legal y constitucional es velar por el derecho de las personas a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y la preservación de la naturaleza”. Además, destacó la importancia de la cuenca del río Valdivia, señalando que se trata de un territorio birregional con diversas áreas protegidas, entre ellas el Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter, y recordó que la regulación surgió a raíz de la crisis ambiental de 2004 por la muerte masiva de cisnes de cuello negro.
La cartera ambiental afirmó que el proceso sí cumplió con los estándares fijados por la sentencia de 2016, precisando que “la propuesta de 2021 era un acto intermedio sujeto a comentarios, y el AGIES definitivo, correspondiente al proyecto de 2023, es el que se utilizó para motivar el acto terminal, lo que cumple con el estándar de fundamentación exigido por la ley”. También resaltó que se realizaron instancias de participación ciudadana en línea con la Ley N°19.300.
En la audiencia, tres terceros coadyuvantes defendieron la validez de la norma: la Asociación de Municipios para la Conservación de la Biodiversidad de la Región de Los Ríos, la Asociación Gremial de Productores y Procesadores de Manzana de Los Ríos y un grupo de ciudadanos particulares, quienes manifestaron que la regulación es fundamental para garantizar la protección ambiental del río Valdivia.
Con los alegatos ya escuchados, el Tribunal deberá resolver si acoge o rechaza la reclamación presentada por la Corporación.