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SMA sanciona a empresa de Áridos Vicat por eludir evaluación ambiental en Osorno

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos graves contra la empresa de Servicios de Transporte y Áridos Vicat Limitada, por ejecutar un proyecto de extracción de áridos de dimensiones industriales en la comuna de Osorno, región de Los Lagos, sin contar con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) exigida por la ley. La investigación se originó tras denuncias ciudadanas por posibles daños al ecosistema y modificaciones al cauce del río Damas.

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra la empresa Servicios de Transporte y Áridos Vicat Limitada, luego de constatar que su proyecto “Áridos Vicat Osorno” —ubicado en la comuna de Osorno, Región de Los Lagos— ha desarrollado faenas de extracción y procesamiento de áridos sin la autorización ambiental correspondiente.

El proyecto en cuestión contempla un sector de chancado y selección de material, además de tres piscinas de decantación utilizadas para el lavado y recirculación de aguas con sedimentos. Según los antecedentes recopilados, la faena ocupa una superficie total de 11,45 hectáreas, configurando así una operación de carácter industrial.

El caso se originó a partir de cuatro denuncias ciudadanas por extracción de áridos sin autorización ambiental, las cuales advertían también un posible impacto sobre el ecosistema, incluyendo el corte de vegetación y alteraciones en el cauce del río Damas. Tras estas denuncias, la SMA regional realizó una fiscalización que permitió constatar la magnitud de la operación y el incumplimiento normativo.

De acuerdo con la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), toda faena de extracción de áridos que abarque una superficie igual o superior a cinco hectáreas debe someterse obligatoriamente a evaluación ambiental, al ser considerada susceptible de causar impacto ambiental.

A partir de este análisis, la SMA formuló un cargo clasificado como grave contra la empresa, por ejecutar un proyecto de extracción en pozos de dimensiones industriales sin contar con RCA. Según la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), las infracciones graves pueden derivar en sanciones que incluyen la clausura, la revocación de la RCA o multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $4.155 millones.

La Jefa Regional de la SMA en Los Lagos, Ivonne Mansilla, explicó que “en la inspección realizada al proyecto, y tras el análisis de imágenes satelitales, pudimos constatar la ejecución de un proyecto de extracción de áridos en pozos, de dimensiones industriales, por lo que su ingreso al SEIA es obligatoria de acuerdo con la ley”. Añadió además que “los titulares deben comprender que cualquier actividad que pueda generar un impacto ambiental, así como cualquier modificación que implique un cambio significativo, debe ser evaluada ambientalmente antes de su ejecución”.

Finalmente, la empresa cuenta con un plazo ampliado de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos, contados desde la notificación de la formulación de cargos.

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