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domingo, junio 16, 2024
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Continúa polémica por demolición de gimnasio: concejala Azócar pidió sesión extraordinaria para discutir informe de la Dirección de Control

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La solicitud de la autoridad comunal surge a raíz del documento que revela “graves faltas a la probidad administrativa” en la contratación de empresa para ejecutar la demolición del gimnasio del ex Colegio de Cultura, así como en la disposición final de las maderas retiradas del recinto.

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La concejala de La Unión, Eliana Azócar, solicitó una sesión de concejo extraordinaria para analizar el informe emitido por la Dirección de Control de la Municipalidad de La Unión, que revela “graves faltas a la probidad administrativa” en la contratación de la empresa a cargo de la demolición del gimnasio del ex Colegio de Cultura, así como también por irregularidades en la disposición final de la maderas retiradas del recinto.

Entre los antecedentes revelados en el informe, destacan irregularidades en la contratación de la empresa Los Maderos Limitada por trato directo para ejecutar los trabajos de demolición; así como la inexistencia de un permiso de demolición emitido por la Dirección de Obras Municipales.

La Dirección de Control también reveló que el monto por el cual se contrató a la empresa es un 56% inferior al valor de mercado para dichos trabajos; y que las maderas retiradas del recinto se estiman en 3.816 pulgadas madereras, cuyo valor de mercado alcanza aproximadamente a los $83.952.000. Por todo esto, los antecedentes serán remitidos a Contraloría Regional de Los Ríos, y además se presentará una denuncia ante el Ministerio Público por eventuales delitos de corrupción.

Extracto del informe

La Dirección de Control de la Municipalidad de La Unión sugiere en su informe que:

“Al encontrarnos ante una falta grave al principio de probidad administrativa, y a la ley de Compras Públicas y su Reglamento, ya que se configura la causal contenida en el numeral 7 del artículo 64 de la Ley N°18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, esto es, “Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga;” y considerando que, dicho cuerpo normativo a la vez obliga a la dirección de control interno a velar por la observancia de la probidad administrativa. Además, considerando que el valor cobrado por la empresa Los Maderos Limitada es inferior al 56% del valor de mercado, y que la decisión, del Administrador Municipal, don Patricio Contreras, de autorizar la salida de las dependencias municipales a disposición de la empresa contratista de 3.816 pulgadas madereras (pm) valuadas en aproximadamente $83.952.000.- se tomó sin un catastro de la proporción de la madera en condiciones de reutilización, y sin el informe técnico del servicio competente (SAG) que certifique la existencia de alguna plaga. Lo señalado en el artículo 61, letra a), de la Ley 18.883 en armonía con lo dispuesto en el artículo 11 de la ley N° 18.575-, establece como una de las obligaciones especiales del alcalde y de las jefaturas, el ejercer un control jerárquico permanente del funcionamiento de las unidades y de la actuación del personal de su dependencia, extendiéndose dicho control tanto a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines establecidos, como a la legalidad y oportunidad de las actuaciones. Por tanto, se sugiere la instrucción de un procedimiento disciplinario, además de que se ordene formalmente a los funcionarios apegarse estrictamente a la normativa de compras en lo sucesivo, la remisión de los antecedentes a Contraloría Regional de Los Ríos y denuncia al Ministerio Público por eventuales delitos de corrupción”.

Asimismo, se informó que: “En cumplimiento de la obligación legal que sobre esta repartición de control interno recae, agradeceré informar en un plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción de esta presentación, sobre las medidas adoptadas en razón de los representado”.

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