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viernes, abril 26, 2024
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Anunciaron los derechos de los trabajadores del comercio durante los feriados de Fiestas Patrias

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El próximo 18 y 19 de septiembre, son por ley feriados irrenunciables para el sector de comercio –con excepción de los trabajadores que tienen turnos rotativos–, lo que significa que a partir del lunes 17 de septiembre, el comercio debe estar cerrado desde las 21 horas y hasta las 06:00 horas del día del jueves 20 de septiembre. Las empresas que no cumplan con la ley, se arriesgan a multas que van desde las 5 a 20 UTM, por cada trabajador afectado.

Bajo esa premisa, el seremi del Trabajo Feda Simic, junto al inspector provincial del Trabajo Paulo Gutiérrez, recorrieron el comercio de Valdivia entregando información a los trabajadores y empleadores sobre sus derechos y obligaciones durante la jornada de Fiestas Patrias.

Durante el recorrido, la autoridad regional del Trabajo indicó que “nuestro deber es el de fiscalizar, pero a su vez de prevenir, es por ello que quisimos entregar información oportuna a los trabajadores y empleadores, para que evitemos cursar infracciones innecesarias en una época que es de festividad”.

Simic aclaró además la situación de los trabajadores que tienen turnos rotativos “en el caso de los trabajadores del comercio que laboren en turnos rotativos, pueden prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del día 17 de septiembre o entre 00:00 y las 06:00 del día 20 de septiembre, cuando el respectivo turno incida en dichos períodos” aclaró.

Trabajadores que se exceptúan del Feriado Irrenunciable

Los trabajadores que se desempeñan, en clubes y restaurantes; cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret, locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juegos, expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria y las tiendas de conveniencia adosadas en los servicentros, si venden alimentos preparados allí mismo, deben trabajar durante el feriado, dijo el seremi Feda Simic.

De todas formas, Simic indicó que desde el año 2016 existe una vigente norma que señala que los trabajadores que estén exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable –esta vez del 18 y 19 de septiembre– sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años “si los trabajadores continúan contratados por el mismo empleador, pudiendo pactar con él la rotación del personal necesaria para este fin. (Ley 19.973). Por ejemplo, si un trabajador laboró el 18 y 19 de septiembre del 2017 y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez deberá descansar” dijo.

Por último, el seremi hizo un llamado a las empresas a respetar el llamado “hacemos el llamado a todas los empleadores a respetar este feriado, para que evitemos cualquier tipo de contratiempo que implique un malestar para los trabajadores y los empleadores”, concluyó.

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