Con un respaldo transversal, la Sala del Senado aprobó el proyecto de ley que prohíbe el uso de dispositivos electrónicos de comunicación personal en los niveles parvulario, básico y medio de todos los establecimientos educacionales del país. Con esta votación, la iniciativa quedó en condiciones de continuar su tercer trámite legislativo en la Cámara de Diputadas y Diputados.
La decisión ratificó las modificaciones impulsadas por la Comisión de Educación, entre ellas la ampliación de la restricción a todo el sistema escolar y la incorporación de excepciones específicas en casos de salud, emergencias o actividades pedagógicas. La normativa también fija derechos y deberes para estudiantes, docentes, directivos, asistentes de la educación, madres, padres y apoderados, y establece que comenzará a regir desde el año 2026.
El presidente de la Comisión de Educación, senador Gustavo Sanhueza, expuso ante la Sala los principales ajustes del proyecto, recordando que este se originó en siete mociones refundidas. El parlamentario destacó que la propuesta incorpora el deber de madres, padres y apoderados de supervisar y acompañar el uso de dispositivos fuera del horario escolar, además de asumir responsabilidades frente a eventuales usos indebidos.
El texto aprobado establece la prohibición del uso de dispositivos móviles durante el desarrollo de actividades curriculares dentro de la sala de clases, y extiende esta regla a todos los integrantes de la comunidad educativa. Sin embargo, se precisan cinco excepciones:
- Cuando el estudiante presenta necesidades educativas especiales y el dispositivo constituye una ayuda técnica.
- En situaciones de emergencia, desastre o catástrofe.
- Cuando exista una enfermedad o condición de salud diagnosticada que requiera monitoreo periódico mediante dispositivos móviles.
- Si su uso es útil para actividades curriculares o extracurriculares en educación básica o media.
- Cuando el padre, madre o apoderado lo solicite de manera fundada y temporal por razones de seguridad personal o familiar.
En educación media, los establecimientos podrán definir “espacios, horarios o actividades específicas en que la utilización de dispositivos móviles esté autorizada”, considerando la autonomía progresiva de los estudiantes.
La iniciativa incorpora además una disposición transitoria que fija su entrada en vigencia para el inicio del año escolar 2026. Los establecimientos que imparten educación parvularia, básica y media tendrán plazo hasta el 30 de junio de ese año para actualizar sus reglamentos internos y adecuarlos a la nueva normativa.
















