Justicia confirma actualización de interés nacional de proyecto vial en Parque Nacional Alerce Costero

El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago rechazó la reclamación presentada por la Corporación para la Conservación y Uso Sustentable de los Bosques de Alerce contra la resolución de Conaf que actualizó la declaratoria de interés nacional del proyecto “Conservación Tramo 2 Ruta T-720, Sector Parque Nacional Alerce Costero”, impulsado por el MOP en la región de Los Ríos. El fallo aclaró que la actualización de esta calificación no equivale a una autorización para intervenir bosque nativo, lo que debe discutirse en instancias posteriores.

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El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por la Corporación para la Conservación y Uso Sustentable de los Bosques de Alerce en contra de la resolución de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), que actualizó la declaratoria de interés nacional del proyecto “Conservación Tramo 2 Ruta T-720, Sector Parque Nacional Alerce Costero”, en la región de Los Ríos, del Ministerio de Obras Públicas (MOP).

En su sentencia, el Tribunal precisó que “la resolución que declara o modifica el interés nacional de un proyecto no es equivalente a la que autoriza la intervención o alteración de hábitat de especies vegetales nativas conforme al artículo 37 de la Ley Nº 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente”.

En esa línea, la judicatura especializada señaló que la discusión sobre los efectos del proyecto en el bosque nativo corresponde ser alegada en la resolución que autorice la intervención excepcional de especies protegidas (PAS 150). Dicho permiso es requerido para intervenir bosques nativos o alterar su hábitat, según la Ley Nº 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

El Tribunal también descartó reabrir el debate sobre los criterios de interés nacional, precisando que la modificación cuestionada solo actualizó la superficie de bosque de preservación a ser afectado. “Queda de manifiesto, además, que la modificación a la declaratoria de interés nacional del proyecto dice exclusiva relación con el cambio de superficie del bosque de preservación a ser afectado, información que la propia guía exige dentro del informe de calificación de interés nacional”, sostuvo la sentencia redactada por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta del Tribunal, junto a los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos.

Respecto de las objeciones formales, el fallo determinó que la resolución impugnada (Res. Ex. N°500/2023) es una resolución terminal, susceptible de reclamación, y que la declaratoria de interés nacional conserva su vigencia aun cuando el MOP haya desistido posteriormente de someter el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

La reclamación fue presentada luego de que la Conaf rechazara en enero de este año la solicitud de invalidación interpuesta por la Corporación Alerce contra la actualización de la calificación de interés nacional. Dicha acción alegaba que el proyecto no cumplía con los criterios legales ni con los compromisos internacionales de conservación, en particular del Alerce.

El proyecto “Conservación Tramo 2 Ruta T-720” busca conectar las comunas de La Unión y Corral, en la región de Los Lagos, atravesando el Parque Nacional Alerce Costero.

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