La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto que modifica la Ley N°18.290 de Tránsito, con el objetivo de regular la obtención y cancelación de licencias de conducir para las personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
La propuesta, que vuelve a la Comisión de Mujeres para el análisis de indicaciones, establece que quienes se encuentren en el registro no podrán renovar sus licencias de conducir al momento de solicitar la prórroga. Asimismo, las cancelaciones deberán ser informadas al Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados para que se realicen las anotaciones correspondientes.
El texto también considera que las personas afectadas podrán volver a solicitar una nueva licencia una vez eliminados del registro, sin tener que esperar el plazo de dos años exigido para otras causales de cancelación.
Durante el debate, parlamentarios lamentaron que “242 municipios han entregado licencias a personas que mantienen deudas alimentarias vigentes”, situación que evidencia la necesidad de una legislación más estricta y coherente.
No obstante, algunos legisladores expresaron su preocupación respecto a los efectos de la medida. Manifestaron su alarma ante la posibilidad de que se afecte el derecho al trabajo de quienes, al estar inscritos en este registro, utilizan la conducción como principal fuente laboral.