De acuerdo al informe de la Contraloría General de la República Nº E36919/2020, la Municipalidad de La Unión no efectuó el cobro de multas sugeridas por el inspector técnico en los meses de febrero y marzo de este año. Con posterioridad al informe del ente contralor, estas fueron rebajadas y condonadas.
Las bases que rigen el contrato de administración del ELEAM Santa Elisa, aprobadas por medio del decreto alcaldicio Nº 3.912, de fecha 14 de mayo de 2019, establecen que para efectos del contrato suscrito con el proveedor, se contemplarán dos tipos de incumplimientos: 1) Los que implican término o resciliación de contrato, y 2) Los que motivan aplicación de Sanciones o Multas, por deficiencias que se detecten en la prestación del Servicio y que se contemplan en el capítulo correspondiente.
En cuanto a los tipos de incumplimiento, las bases administrativas reconocen dos tipos: Deficiencias con respecto a la conducta de los empleados del concesionario y deficiencias respecto al control del desarrollo del servicio por parte del concesionario. Las multas asociadas a cada uno de ellos, van desde las 2 a las 20 UTM.
Incumplimientos al principio del contrato
En el mes de octubre de 2019, la inspectora técnica indicó que se constataron algunas observaciones relacionadas a la entrega de implementos a los trabajadores y residentes del ELEAM, por lo que sugiere la aplicación de una multa de 5 UTM por día de retraso en la entrega de los uniformes exigidos en el contrato, lo que en sumatoria alcanzó los $4.922.900.
No obstante, en los estados de pago de los meses siguientes, se advierte que el municipio no descontó la multa sugerida por la Inspectora Técnica del Servicio, así como tampoco consta que el concesionario haya iniciado el proceso de apelación contemplado en el artículo 18 de las bases administrativas, que señala que, en caso de que se determine la aplicación de multas, la empresa podrá apelar por escrito dentro de los 5 días siguientes al Alcalde, con copia a la Dirección de Administración y Finanzas, cuya resolución deberá emitirse dentro de un término de 15 días corridos, contados desde la presentación.
Las multas, rebajas y condonaciones
En respuesta al informe de Contraloría, el municipio respondió el informe indicando que por medio del “decreto alcaldicio N° 10216 del 22/11/2019, se deja sin efecto la multa por $ 4.922.900.- debido a que la no entrega a tiempo de vestimenta al personal fue por razones ajenas a la voluntad del concesionario, las cuales fueron explicadas y justificadas al municipio. Acogiéndose el concesionario de esta forma a su derecho a apelación establecidas en las bases de licitación”.
La Contraloría también corroboró que la Municipalidad de La Unión cursó multas por montos de $1.390.844 y $3.281.718, correspondientes a infracciones detectadas en los meses de enero y febrero de 2020.
| Mes de las infracciones | Nº Decreto pago | Fecha decreto | Monto decreto | Aplica multa |
| Enero | 1.103 | 09-03-2020 | $16.563.436 | $1.390.844 |
| Febrero | 1.510 | 06-04-2020 | $14.672.562 | $3.281.718 |
Se verificó que en el decreto de pago N°1.868, mediante el cual se pagan los servicios del mes de abril de 2020, se acompaña un informe del Inspector Técnico del Servicio, en el que se estipulan incumplimientos correspondientes al mes de marzo de 2020, que implicarían la aplicación de una multa de $2.751.155.
El municipio, por medio de un decreto alcaldicio, solicitó extensión de plazo por diez días para la resolución de una de las multas pendientes, sin embargo, al 2 de junio, y vencido el plazo no se evidenció de la multa de $2.751.155, o la condonación parcial o total de ella, en caso de corresponder.
Finalmente, la multa en cuestión fue rebajada producto de un proceso de apelación al que se acogió el concesionario, estableciéndose en el Decreto alcaldicio N° 3153 del 08/06/2020 una rebaja, quedando en $ 1.250.525.- Este cobro se realizó a través de un descuento en el estado de pago del mes de julio de 2020.
















