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jueves, 28 marzo, 2024

Análisis crítico de la desmunicipalización de la educación en Chile

La implementación de la Ley Nº21.040 de fecha 24 de noviembre de 2017, establece una nueva institucionalidad, donde los establecimientos educacionales que eran administrados por los municipios pasan gradualmente a formar parte de los Servicios Locales de Educación Pública, que fueron creados por esta legislación.

Por Guido Asencio
Académico

Esta ley tiene por objeto crear el Sistema de Educación Pública, establecer las instituciones que lo componen y regular su funcionamiento, el que abarcará a jardines infantiles, escuelas y liceos públicos, los que formarán parte de una nueva institucionalidad, la que dejará progresivamente de ser administrada directamente por los municipios o a través de las Corporaciones Municipales, traspasando el servicio educacional a una nueva entidad estatal, incluyendo sus bienes muebles e inmuebles, recursos financieros y personas asociadas a las prestación del servicio.

Mediante esta ley se crean los Servicios Locales de Educación Pública (70 a nivel nacional), los que estarán a cargo de un Director Ejecutivo y apoyado por un Consejo Local y los Comités Directivos Locales, integrados por autoridades locales, del gobierno regional y representantes de centros de padres y apoderados. También crea y organiza la Dirección de Educación Pública como servicio público centralizado, dependiente del Ministerio de Educación, entidad dirigida por un Director de Educación Pública.

El “Sistema” se regirá por los principios señalados por el DFL Nº2/2009, orientados a la calidad de la educación, cobertura y garantía de acceso, desarrollo equitativo e igualdad de oportunidades, colaboración y trabajo en red, proyectos educativos inclusivos y laicos, entre otros. Asimismo, contará con una Estrategia Nacional de Educación Pública y los Directores Ejecutivos deberán suscribir un convenio de gestión educacional con el Ministerio de Educación, el que tendrá una duración de 6 años.

Los Servicios Locales de Educación (SLEP) son los sostenedores educacionales que velarán por entregar una formación integral, de calidad y con pertinencia local, centrado en los aprendizajes para el siglo XXI. Una de sus principales misiones es entregar oportunidades a todos los niños, niñas y jóvenes en el país para poder desarrollarse. Con la implementación de la Ley 21.040, se deberán traspasan los establecimientos educacionales, jardines infantiles de Vía Transferencia de Fondos (VTF), escuelas y liceos de los 345 municipios del país a 70 Servicios Locales de Educación Pública.

El nuevo modelo de educación pública no es una solución a los actuales problemas que tiene la educación en Chile, no hasta que se vea la educación como un negocio y a los alumnos como clientes, donde los establecimientos educacionales tanto públicos como particulares subvencionados, compiten en un mercado educativo para captar la mayor cantidad de clientes y lograr un mejor pago de subvención por parte del Ministerio de Educación. Este modelo de educación de mercado impuesta por la dictadura militar, con la privatización de la Educación en Chile y un financiamiento irresponsable por parte del Estado, que no se ha logrado cambiar pese a nuevos modelos en formas, pero no fondo como la ley antes mencionada, ha demostrado las grandes carencias y desigualdades sociales que existen en nuestro país y que son muy diferentes de acuerdo a cada región.

Con lo anterior, es posible mencionar que, dentro de lo vivido durante el año 2020 en los establecimientos de educación pública, la falta de internet para las clases remotas, carencia de equipos computacionales, materiales para que los alumnos pudieran trabajar desde casa. Existen sectores de la población más vulnerables donde los niños aseguraban su alimentación en las escuelas, liceos y jardines públicos y que no pudieron recibir de la misma forma sus derechos ya que se entregaban los alimentos por parte de JUNAEB, entre 15 a 20 días, muchos niños y niñas con necesidades educativas especiales y que no contaban con conectividad y los insumos necesarios para lograr los aprendizajes emanados por el Ministerio de Educación.

De esta forma, la Educación Pública mostró todas sus carencias y la desigualdad social que existe en los sectores más vulnerables, establecimientos educacionales en sectores muy apartados donde el rol del docente fue fundamental, las falencias de infraestructura para implementar los planes de retorno. Si bien, en la actualidad aún no se traspasa la totalidad de los establecimientos educacionales a los servicios locales y existen varios que aun dependen de la Municipalidad o Corporación, la gran mayoría no recibe aportes por parte de estas entidades, aunque sean el Sostenedor y tengan la responsabilidad legal de estos establecimientos, sobretodo esta situación se da en las comunas más vulnerables donde los Municipios o Corporaciones no tienen la solvencia financiera para hacerse cargo de los déficit presupuestarios que pueden tener los DAEM (Departamento Administrativo de Educación Municipal), DEM (Dirección de Educación Municipal) o Corporaciones.

La subvención escolar consiste en la entrega de recursos de origen fiscal, vía transferencia, que propenderá a crear, mantener y ampliar establecimientos educacionales cuya estructura, personal docente, recursos materiales, medios de enseñanza y demás elementos propios de aquélla, proporcione un adecuado ambiente educativo y cultural.?Para expresar el monto a subvencionar por alumno se utiliza una unidad de medida que se denomina Unidad de Subvención Educacional (USE), pudiéndose observar que todos los montos están expresados en factores de dicha unidad.

La USE se reajusta en diciembre de cada año o cuando se reajusta los sueldos al sector público, y en el mismo porcentaje.?Por cada uno de los niveles y modalidades de enseñanza, existe un valor por alumno/a diferenciándose el monto según el alumno sea atendido con o sin Jornada Escolar Completa (JEC) diurna.

Con la implementación de esta nueva ley, los Municipios que tiene como servicio traspasado los DAEM y Corporaciones de Educación Pública, deben sanear todas las deudas, incluyendo las deudas salariales, las cuales no se encuentran incluidas en el actual proyecto de ley. Se entiende por “deuda municipal originada por la prestación del servicio educacional”, para efectos de la transferencia de recursos para contribuir al desequilibrio financiero, las obligaciones previsionales y por concepto de pagos por descuentos voluntarios, las obligaciones contraídas con terceros proveedores de bienes y servicios directamente necesarios para el servicio educacional, los intereses y reajustes de lo anterior. Por tanto, no se consideran las deudas salariales dentro del mecanismo establecido para contribuir al desequilibrio financiero.

Después de analizar los datos más relevantes del nuevo sistema de educación pública, se puede evidenciar que este nuevo sistema no es un mejoramiento eficaz ya que no considera los problemas esenciales que la educación ha arrastrado durante décadas, la privatización de la educación ha generado grandes brechas de desigualdad social y el acceso a una educación de calidad. En tanto, mientras no se cambie el modelo de fondo en cuanto al financiamiento (cálculo de subvención por asistencia media) y la dependencia directa del nivel central sin intermediarios siendo responsable directamente el Ministerio de Educación, asegurando el derecho a los funcionarios en cuanto a la continuidad laboral ya que se tiene antecedentes claros de lo ocurrido con la “Deuda Histórica” en el traspaso del año 1981, seguirá siendo el mismo modelo de educación que existe hasta hoy. La ley 21.040 de acuerdo a las etapas de traspaso de los establecimientos de educación pública al año 2025 deberían estar completados al 100%, lo que generará mayor cesantía ya que los valiosos funcionarios que trabajan en los DAEM o Corporaciones de Educación y los Asistentes de la Educación de los establecimientos educacionales que ingresaron a los servicios después del 30 de noviembre del año 2014, tienen bajas posibilidades de ser reubicados o quedar en algún cargo de los servicios locales.

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