viernes, abril 19, 2024

Ordenan al Servicio de Salud Valdivia pagar íntegramente remuneraciones de trabajadora embarazada

La sentencia estableció un actuar arbitrario del servicio al denegar el pago de las remuneraciones a la trabajadora, con infracción al Código del Trabajo, la Constitución Política y tratados internacionales vigentes en Chile.

La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado por funcionaria contratada a honorarios y le ordenó al Servicio de Salud de Valdivia pagarle de forma íntegra las remuneraciones impagas durante los meses que hizo uso de licencia de pre y posnatal.

Según se detalló en el documento, se debe tener primero presente que la protección a la maternidad responde a un derecho de carácter universal, consagrado no solo en el Código del Trabajo, sino que también en la Constitución Política de la República y en los Tratados y Pactos Internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes.

En conclusión, se declara como ilegal y una vulneración de derechos el actuar del Servicio de Salud Valdivia.

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