Por Guido Asencio Gallardo
Académico y Doctorando en Administración de Empresas

La finalidad de esta columna es mostrar los beneficios del sistema de compras públicas, abordando varios aspectos, que permitan conocer la lógica para ofertar bienes y servicios al Estado, dando énfaseis a la importancia de generar factores potenciadores del Desarrollo Económico Local (DEL), a tavés de establecer preferencia por emprsas de menor tamaño, así como también, a las locales, identificando diversas necesidades de los servicios públicos de todo el país.

El mercado público, consiste en un sistema encargado de regular las formas de abactecimiento en las instituciones del Estado, buscando entregar mayores grados de transparencia en el Sector Público, por medio del establecimiento de herramientas para un mejor acceso a la información de proveedores, empresas y otras personas que deseen obtener datos relacionados con compras públicas.

Los proveedores del Estado deben cumplir con requisitos de catácter formal, los cuales tienen relación con aspectos sustentables, laborales, sociales, medioambientales y – en algunas ocaciones- con certificaciones nacionales e internacionales, exigidas por parte de las instituciones públicas, para comprar servicios o productos especializados.

El sistema de compras del Estado en Chile, como hoy lo conocemos, nace en el año 2003, por medio de la Ley de Compras Públicas N° 19.886, creada para impulsar el emprendimiento, el crecimiento, la utilizción de nuevas tecnologias, mejorar la transparencia y probidad, incluyendo la innovación como caracteristica distintiva.

La herramienta que permite potenciar la forma de operar de este sistema, está dado por un Sitio Web denominado www.mercadopublico.cl, el cual cumple con estándares dandole dinamismo a su funcionamiento, producto de ello, ha sido reconocido en diferentes ocaciones por instituciones internacionales, destacando al Banco Interamericano del Desarrollo (BID) y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), debido a su operatividad y facilidad de manejar información.

En el año 2016 se registraron movimientos por cerca de USS 9.500 millones anuales, lo cual representa cerca del 4% del PIB. Con estos datos, se puede dimensionar la gran importancia que representan las compras públicas para el desarrollo económico en el país, donde resulta relevante poder analizar las perspectivas y oportunidades ofrecidas a los empresarios, para incentivarlas a aprender el manejo técnico y operativo de este sistema.

Para impulsar el DEL es fundamental generar conciencia entre los funcionarios públicos habilitados para utilizar el sistema de compras públicas, así como también las autoridades o jefes de servicio, para poder enfocar sus necesidades de compra a empresas locales, de preferencia pequeñas y medianas (PYMES), las cuales son las que más dan empleo en nuestro país, según estudios realizados por el Ministerio de Economía, realizado a fines del año 2016. De este modo, es posible contribuir de manera directa y significativa al desarrollo de su entorno más cercano, alcanzando mejores niveles en la distribución de recursos públicos, permitiendo generar un circulo virtuoso, beneficiando a todas las regiones.

El organismo encargado de regular las compras del Estado en Chile se denomina Dirección de Contratación de Compras Públicas, presentando básicamente tres modalidades de compras, denominadas; Convenio Marco, Licitaciones Públicas y Privadas y Trato Directo, teniendo el mismo orden de preferencia, por parte del organizmo público que lo requiera, donde el monto involucrado resulta un factor preponderante a la hora de tomar una decisión de compra.

Atendiendo al orden de prelación, en primera instancia se debe escoger el Convenio Marco, el cual consiste en una prelicitación realizada por la Dirección de Contratación de Compras Públicas, dirigida a las empresas oferentes que cumplan con ciertos requisitos de operación, permanencia y precios, generando un filtro para ser incluidas en la publicación de catálogos de productos y servicios ofertados a instituciones públicas de todo el país.

En la práctica, el Convenio Marco ha presentado algunas dificultades, debido a que no siempre ofrece la convinación más ventajosa del mercado, consistente en evaluar factores como precio, logistica de traslado, tiempo de demora en recibir el o los productos, etc., desvirtuando el sentido original de este sistema. En consecuencia, la alternativa es repensar un sistema incentivando verdaderamente la inscripción de proveedores que representen a las PYMES locales, por medio de una debida difución de información de las necesidades más relevantes de las instituciones públicas de cualquier lugar del país.

Otra de las modalidades más utilizadas en este sistema, esta dada por Licitaciones Públicas, la cual obedece a un procedimiento donde se levantan las necesidades de las instituciones públicas, llamando a oferentes a entregar sus propuestas, para ser elegidas, con el mismo criterio de buscar la convinación más ventajosa, teniéndo como principios; la libre concurrencia de los oferentes, sujeción estricta a las bases, igualdad ante las bases y no discriminación arbitraria, transparencia y publicidad, las cuales tienen el rol de garantizar la realización de un proceso que refleje una elección adecuada a estándares preestablecidos.

Sin embargo, muchos de los cuestionamientos del mercado público, se relacionan justamente con las Licitaciones, debido a la presentación de algunas ambigüedades en las bases, dando lugar a legitimos reclamos para solicitar la aclaración de ciertos preceptos, por este motivo, es importante publicar bases claras y precisas, que entreguen las cauciones necesarias para mantener un ambiente de transparencia, demostrado desde el principio, hasta el final de un procedimiento de compra.

Los criterios tradicionales de evaluación de una Licitación Pública, deben presentar tres compotentes obligatorios, sirviendo de base para tomar la decisión de elegibilidad, las cuales son de carécter administrativo, técnico y económico. Sin embargo, en los últimos reglamentos de compras públicas se les han incorporado otros aspectos como; medioambientales, condiciones de empleo y remuneración, consorcio entre oferentes y de eficiencia energética, para reforzar los grados de objetividad, con el afan de avanzar hacia un sistema más conciente del entorno donde se desenvuelven los proveedores que quieren comercializar e interactuar con el Estado. En este contexto, sería conventiente agregar otros factores, con el fin de reafirmar el compromiso de apoyar directamente a todas las regiones del país.

Por su parte, el Trato Directo constituye una modalidad de excepción, es decir se utiliza cuando los productos o servicios que se necesitan, no se encuentran disponibles en el catalogo de Convenio Marco de ninguna empresa, y además, se descarta llevar a cabo una Licitación, debido a la escasa probabilidad de despertar el interes en participar por parte de las mismas, por el carácter de exclusividad y/o tecnicicidad de lo solicitado. Esta modalidad debe ser siempre bien justificada, por tratarse justamente de una excepción, por tanto, la ley de compras públicas indica los casos puntuales en que una institución del Estado puede utilizarla, con el fin de no caer en una habitualidad cuestionando las formas de abastecimiento.

Por lo tanto, si se trata de fomernar el emprendimiento, generar igualdad de oportunidades, incentivar la libre competencia entre empresas, se deben establecer las bases necesarias para que las PYMES tenegan niveles de preferencia adecuados, porque hoy en día son las grandes empresas las beneficiadas, aprovechando las ventajas competitivas ofrecidas por el mercado, fijando precios o utilizando economías a escala, permitiendo presentar sus extendidos catálogos de prodoctos y/o servicios.

Para evitar las situaciones descritas anteriormente, en el año 2013 en la Ley de Presupuesto 20.641, se incluyó el artículo N°26, que obliga a conformar una comisión especial para mejorar la trasparencia del sistema de compras públicas, el cual señala tres preceptos; en primer lugar obliga a capacitar a los funcionarios públicos habilitados para operar este sistema, levantando un perfil de incompatibilidades, en segundo término se exige la realización de un análisis previo de precios y costos de las grandes compras, y en tercer lugar instruye la separación de funciones entre los funcionarios que hacen las bases y quienes son los evaluadores finales.

El desafío para tener un mercado público, más equitativo, está en capacitar permanentemente a un mayor número de proveedores, que representen a PYMES, a los funcionarios públicos operadores del sistema de compras públicas, así como también, generar conciencia de la importancia de fomentar la preferencia de empresas locales por sobre las situadas en el centro del país, pues estas últimas tienen un mercado garantizado, el cual puede ser satisfecho con el solo hecho de abastecer a instituciones públicas de su propio territorio.

Finalmente, considerando el alto poder adquisitivo del Sector Público, se puede apreciar que el sistema de compras públicas, ofrece grandes ventajas y oportunidades para las empresas que quieran generar emprendimiento e innovación en nuestro país. Sin embargo, se deben tomar los resguardos necesarios, para evitar vicios que desvirtuen el sentido origial del sistema, donde la vía para avanzar hacia el establecimiento de un Estado verdaderomente moderno, está dada por el convencimiento de un accionar probo y trasparente de todos los actores involucrados, incluído el de los ciudadanos, quienes deben tomar un rol más activo, no solamente para actuar con poder cohersitivo, sino para que se sientan lo que siempre han sido, parte del Estado.