Ayer miércoles, el Segundo Juzgado de Letras de Osorno acogió parcialmente la demanda civil de indemnización de perjuicios interpuesta en contra de la Municipalidad de San Pablo, por Carlos Segundo Ovando Treimún, quien en febrero de 2012, asistió a la celebración de la «Semana Sanpablina», ocasión en que recibió el impacto de un postón en la parte posterior de la cabeza, proyectil que aún se encuentra alojado en su cráneo.

En el fallo, el magistrado Luis Meza acogió la demanda civil y condenó al municipio a pagar $6.500.000, por concepto de daño moral, a Ovando Treimún.

«Que respecto al argumento, de que no hay elementos de culpa o dolo del municipio en los hechos también debe ser descartado, puesto que la doctrina entiende a la omisión como: «Una abstención en la acción (no tomar las providencias o resguardos necesarios al ejecutar un acto) o una abstención pura y simple, la que se presenta cuando el agente, sin ejecutar acto alguno se limita a permanecer pasivo», que es precisamente lo que acontece a la luz de los hechos acreditados, puesto que el Municipio no fiscalizó la actividad «recreacional» respecto de la cual otorgó un permiso de funcionamiento de una actividad lucrativa», sostiene el fallo.

La resolución agrega «que en la especie son hechos acreditados en el proceso que el demandante a consecuencia del disparo de rifle con postón resultó con «cuerpo extraño alojado en el cuero cabelludo», con licencia médica de 12 días sin perjuicio que aún después de años del accidente todavía permanecía con dolor en la zona afectada, según se consignó en el motivo octavo de este fallo. Conforme a lo anterior, tanto la existencia de lesión y su tratamiento como el periodo de incapacidad que aquélla produjo al demandante, permiten, acorde al criterio de normalidad, estimar acreditado el daño moral, sin que resulte necesario demostrar con alguna prueba particular la existencia del dolor y sufrimiento físico y psicológico cuya reparación se solicita».

Por lo tanto, concluye «que se acoge parcialmente demanda de indemnización de perjuicios en procedimiento ordinario, deducida a fojas 35 por don Carlos Segundo Ovando Treimún, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Pablo, representada por don Omar Alvarado Agüero, Alcalde, todos ya individualizados, sólo en cuanto se condena a ésta, al pago de la primera, de la suma de $6.500.000.- correspondiente a daño moral».

Consultado por este medio, el afectado señaló que «es la primera noticia que tengo sobre el fallo; el lunes próximo tengo hora con mi abogado en Osorno y preguntaré si se puede apelar, porque me parece que es muy poca plata para todos los gastos que he tenido y el sufrimiento que me causaron».